Algunos bienes, derechos y obligaciones pasarán a nuestros herederos, a esto se le llama sucesión o herencia.

¿Quiénes serán?

Si otorgué testamento, mis herederos serán aquellos que nombré libremente en el mismo. A esto se le denomina sucesión testamentaria.

Si no otorgué testamentos, mis herederos serán los que señala el Código Civil. Serán herederos mis parientes y mi cónyuge o concubino en los grados y porcentajes que el Código dispone.

Sólo a falta de parientes hasta en cuarto grado, en la Ciudad de México será heredera la Beneficencia Publica (DIF). A esto se le denomina sucesión intestamentaria o intestado.

¿Qué pasos deben seguir mis herederos?

  1. El trámite de la herencia, haya o no testamento puede llevarse a cabo totalmente ante Notario, siempre y cuando todos los herederos sean mayores de edad y estén de acuerdo.
  2. En caso que hubiere menos de edad o no hubiere conformidad de todo para llevar el proceso, entonces el tramite deberá seguirse ante un Juzgado Familiar del ultimo domicilio de la persona fallecida.
  3. Si no hay testamento y todos los presuntos herederos estén de acuerdo y son mayores de edad, deberán mostrar al Notario el acto de defunción, así como las actas del registro Civil para acreditar el parentesco. El notario deberá cerciorarse que no hay testamento, interrogar a dos testigos y elaborará un instrumento de reconocimiento de derechos En hereditarios.
  4. En ambos casos, el Notario deberá realizar dos publicaciones en un periodo de circulación nacional informando lo anterior.

¿Qué es el Albacea?

Es un administrador temporal de los bienes del difunto. Puede ser uno de los herederos. Realiza los actos necesarios para entregar a los herederos los bienes y en su caso pagar las deudas que hubiera a cargo de la herencia.

La ley que el Albacea debe llevar a cabo su función en el plazo de un año. Al concluid este y solo si se le han aprobado las cuentas se le podrá prorrogar por un año más.

 

En caso de considerar iniciar algún trámite de herencia sea que exista o no testamento, acuda con un Notario quien le explique con detenimiento los pasos a seguir y le orientara de la mejor manera.

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