Llevar a cabo un contrato de arrendamiento es un compromiso para todas las partes como para él “Arrendador”, “Arrendatario”, “Fiador” y “Obligado solidario”.

Todos tienen que estar presentes a la hora de llevar a cabo la firma; cuando el contrato se lleva mediante Póliza Jurídica (en este caso acude un abogado)  o directamente con tu asesor inmobiliario, ellos tienen la obligación de leer cada una de las cláusulas.

Cláusulas más importantes:

  1. Características de la propiedad: El “Arrendador” tiene la obligación de presentar todos los documentos necesarios que acrediten que la propiedad que será arrendada es de su propiedad. (Comprobante de domicilio, comprobante de predio y/o escrituras) Todo tiene que venir con el nombre completo de la persona que firma el contrato.
  2. Duración: Tiene que venir estipulada la duración del contrato inicio y termino (Día / Mes / Año).
  3. Terminación anticipada: La penalidad es por la desocupación anticipada del “Arrendatario” normalmente la pena es de 2 o 3 meses de renta, según sea el caso.
  4. Monto a pagar: Una de las más importantes ¿Cuánto pagaras de renta mensualmente? Se tiene que estipular lo siguiente: El monto de renta tiene que ser el corrector, tienen que mencionar si el mantenimiento esta incluido en el monto de renta o no, el pago de servicios (agua, luz, gas, predio, entre otros) ¿Son incluidos o los paga el “Arrendatario”?. Evitemos tener deudas al termino del arrendamiento. Y sobre todo si la renta será mediante transferencia verificar que los datos bancarios sean los correctos.
  5. Deposito: El monto del depósito es obligatorio para el “Arrendatario”, este monto es equivalente al de un mes de renta ¡OJO! No cuenta como pago adelantado de renta, no te confíes, ese monto será devuelto al termino del contrato siempre y cuando se encuentre en las condiciones que se recibió el inmueble.
  6. Recepción de instalaciones: Se tiene que especificar todas las características del inmueble. Una de ellas es el número de estacionamientos con los que cuenta el inmueble.
  7. Obligado solidario / Fiador: Esta persona puede ser tanto persona moral o persona física, es quien queda como responsable en caso de no cumplir con el pago de renta o daños. Esta persona tiene que brindar una propiedad libre de gravamen que sea de él o bien puede ser una empresa la que quede como obligado solidario. Ambas tienen que presentar dirección completa y escrituras completas (copia), las escrituras son para verificar que la propiedad se encuentre en buen estado y sea de la persona correcta.
  8. Mascotas: En caso de permitir el acceso de mascotas, el contrato tiene que especificarlo. El “Arrendatario” tiene la obligación de reparar los daños causados por la mascota y más si el departamento a arrendar es amueblado. (Pocas veces la pena convencional se incrementa cuando el departamento es amueblado).
  9. Pagares: Algunos “Arrendadores” se sientes más seguros de pedir pagares, si el caso fuera así, cada uno de ellos tienen que traer: Nombres completos del “Arrendador” y “Arrendatario”, monto total de cada pagare, en este caso es el monto de renta (ejemplo $23,000 MXN.), fecha completa de cada pagare firmado. Tienen que ser 12 pagares correspondientes a un año de arrendamiento, si es por dos años tienes que preguntar cuál será el monto de incremento por el INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor).
  10. Inventario: En caso de que el departamento sea amueblado, es importante saber qué y cuantas cosas están en el inmueble, mismo que tiene que ser fotográfico y si es posible tener las marcas de los electrodomésticos.

Estos son algunos de los puntos más importantes de un contrato de arrendamiento.

Redacción: Brokers DF bienes raíces.

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